martes, 22 de marzo de 2016

¿Se puede estar contra el aborto y, a la vez, aceptar la despenalización de la interrupción del embarazo en los casos que propone el proyecto de ley?

*Por Matías A. Valenzuela D. sscc 

Es un tema complejo, es necesario decirlo desde el inicio, pensar lo contrario es eludir la realidad. Por lo mismo, es un tema que requiere reflexión y diálogo, cosa que se ha ido dando en este último tiempo y eso no implica que las posiciones se acerquen ni que se llegue a acuerdo, pero al menos ha sido una oportunidad para plantearse preguntas y ver la realidad. Es cierto que en ese diálogo hay apasionamientos y probablemente descalificaciones, lo cual también es posible, porque está en juego la vida y por ello es legítimo que en la discusión las personas planteen su posición con vehemencia.

Una de las razones que se ha esgrimido para la aprobación del proyecto de ley actualmente en tramitación en el Congreso Nacional es que en la realidad se practican abortos e incluso que muchas personas van a otros países a practicárselos generando una injusticia entre los que pueden pagar esos viajes y a esos médicos y los que no pueden hacerlo. Esa razón práctica y de justicia llevaría a que debamos homologar la situación para que todos tengan las mismas posibilidades y derechos. Sería una razón de justicia e incluso de salud pública, ya que las personas que se practican el aborto en malas condiciones ponen en riesgo sus vidas y por esto es necesario que se les brinden las condiciones que permitan un resultado seguro y saludable.

Otra razón se ha esgrimido, la cual se funda en las perspectivas de género y en los derechos de la mujer, particularmente en lo que se ha llamado los derechos reproductivos y el derecho sobre su propio cuerpo. Se afirma que la mujer tiene derecho a decidir sobre el embarazo, libremente, ya que ella es la que principalmente se ve afectada, ella es la que lo sufre y la que se transforma emocional y físicamente. Es un costo, una carga, que la sociedad le impone y que es en beneficio de todos, pero sólo ella sufriría. Esto es particularmente sensible en los casos que propone el proyecto de ley. Cuando está en juego la vida de la madre, cuando el embarazo ha sido consecuencia de una violación y cuando el feto es lo que llaman inviable, es decir, tiene una malformación que hace imposible su sobrevivencia más allá del espacio intrauterino. 

En estos casos claramente la situación es grave y dolorosa. Es una exigencia mayor la de prolongar el embarazo. Lo que unos han llamado “acciones supererogatorias”, es decir, en las que se solicita a la persona una generosidad mayor a la normal, excesiva, que no sería exigible jurídicamente, porque no se pueden o no se deberían imponer. Se parece a lo que los antiguos afirmaban cuando señalaban que a nadie se le puede obligar a ser mártir, ya que la entrega de la propia vida debe ser voluntaria, elegida libremente, animada por la fe y por el amor. Además que, digámoslo con sinceridad, penalizar a una mujer que fue violada, por el hecho de practicarse un aborto, resulta muy chocante, es criminalizar una situación que de suyo es traumática. En ese sentido la pregunta que sirve de título a esta reflexión es razonable, porque no pocos se han preguntado si esa situación debe o no ser considerada delito. 

Más o menos lo mismo ocurre con el caso del feto inviable, donde el dolor de los padres que muchas veces esperan con amor el nacimiento de un hijo es enorme. Sufren el impacto emocional de saber que su hijo no sobrevivirá ni un instante siquiera y para algunas personas sostener la vida intrauterina durante esos nueve meses es alargar una agonía y sobrellevar una carga mayor que la que están dispuestas a cargar. Es difícil ahí vivir la alteridad, es decir, acoger al otro en su máxima fragilidad y dejarse enriquecer por él mientras su vida esté latiendo. 

El caso de peligro de muerte de la madre, me parece que se sale de la discusión, porque ahí los médicos practican la interrupción del embarazo desde siempre con o sin ley, según lo que los padres decidan, porque además muchas veces la vida de ambos – madre e hijo - peligra por igual si el embarazo sigue su curso y se aplica ahí el principio del doble efecto, en que la acción terapéutica busca sanar y salvar una vida y trae consigo una consecuencia que no es el fin primario y que es la interrupción del embarazo, lo cual es aceptado y ni siquiera es considerado un aborto legalmente. Por ello no se requiere el proyecto de ley para resolverlo.

Algunos además han argumentado que aquí se debe distinguir el campo de la moral del ámbito legal. Señalando que en los casos propuestos por el proyecto de ley, el asunto se debe resolver en el ámbito de la moral y de las convicciones religiosas, pero debe ser excluido del ámbito legal y específicamente del campo del derecho penal. Estoy de acuerdo en que el ámbito de la moral y de la legalidad no deben ser confundidos, sin perjuicio de que muchas veces están en contacto y confluyen, así como también que el derecho penal debe ser considerado “ultima ratio”, es decir, se debe aplicar en las situaciones extremas en defensa de aquellos bienes jurídicos que el legislador considera que no pueden dejarse simplemente al arbitrio de los particulares y de los grupos, porque hay una razón de bien común y de Estado en defenderlos.
Así las cosas, vuelvo a la pregunta que sirve de encabezado a esta reflexión y que quiere servir como un punto de vista en la discusión de lo que en nuestro país se está debatiendo.


Es cierto que se ha distinguido entre un aborto y la interrupción del embarazo, entre otras cosas considerando el momento de la gestación en que se produce, de acuerdo a las fases del desarrollo embrionario así como tomando en cuenta el grado de viabilidad del feto y de su dependencia e independencia respecto de la madre, pero todo ello finalmente es bastante accesorio. No me parece que la ciencia hasta el momento haya podido distinguir un momento en que la vida humana comience, más fuerte y claro que el de la fecundación, es decir, el momento de la concepción. Todo lo demás es un desarrollo que tiene su punto de inicio en esa unión del espermio de un varón con el óvulo de una mujer, que dan lugar a una vida radicalmente nueva y que excede las capacidades de uno y otra, que entra de algún modo en el terreno del misterio. Se habla de días, de semanas, de meses, de horas, etc. Pero el asunto es que hay un inicio que se desarrolla más allá de las etapas que nosotros podamos contabilizar y cualquier interrupción de ese proceso, en cualquier momento del camino, es arbitraria. 

Por otro lado, lo que se pone en juego en el proyecto de ley, es decir, lo que está detrás, el sentido de la ley que se está tramitando, es principalmente la vida de la madre, sus sufrimientos y su libertad, los derechos humanos de la mujer. Pero aquí también están en juego los derechos humanos de los que están por nacer, que son inevitablemente los más débiles, los que no tienen ninguna posibilidad de defensa. Los que no tienen voz y como no se puede escuchar su grito muchos se hacen los sordos y no se conmueven por ellos. Les aseguro que si los embriones pudieran votar y elegir parlamentarios, la ley no se aprobaría. Es el derecho a nacer, de alguien que no eligió vivir, pero que de algún modo, desde la fecundación, ya está entre nosotros y la sociedad civil tiene la obligación de resguardarlo.

Aquí se pone en juego el modo como concebimos la vida, nuestra vida y la de todos los seres que habitan nuestro planeta. El problema es que algunos pretenden decidir quiénes tienen derecho a vivir y quiénes no. Aquí es donde la defensa de la vida se plantea como una exigencia para la humanidad. Vida que no puede ser considerada un bien disponible y debe ser defendida en toda circunstancia. A lo largo de la historia el terror se ha sembrado porque unos han pretendido definir quiénes son seres humanos y quiénes no y esa línea se ha corrido un sinnúmero de veces. Ahí los que deciden dónde poner la raya son los que tienen el poder. Por eso, se ha profundizado la idea de que el respeto a la vida debe alcanzar a toda la creación, a todos los seres vivos y en especial a los más débiles, porque sólo así nadie podrá excluir a unos y privilegiar a otros.

El aborto es una interrupción anticipada del embarazo,  poniendo término al proceso de gestación. Pienso que las personas que llegan a una decisión así muchas veces están sufriendo mucho y no se deben emitir juicios morales de condena. Es muy difícil juzgar desde afuera y más bien merecen acompañamiento y cuidado. Por lo que no es el tema moral el que está implicado aquí en primera línea. Sino, justamente, la aplicación del derecho en vistas de la protección de la vida. La vida humana es un bien jurídico que el legislador debe proteger y que no se debe dejar simplemente entregado al arbitrio individual o de un grupo y que ante una colisión con otros derechos debe primar.

Alguien que se declara contrario al aborto no debería votar a favor de la ley que lo despenaliza en ninguna circunstancia, ya que en cualquier caso, lo que está haciendo, es postergar la vida del ser más débil que requiere la protección del ordenamiento jurídico. Lo que debe hacer el legislador es ofrecer a las madres otro tipo de soluciones y sobre todo acompañamiento, para lo cual como sociedad civil tenemos que comprometernos unos con otros y no sólo en las etapas de gestación, sino hasta el final de la vida. Esto exige mayor generosidad y cohesión social, lo cual implica enfrentar culturalmente el individualismo imperante. En una sociedad donde todo es mérito y donde se miden las cosas por las capacidades y los éxitos, los ancianos, los extranjeros, los  jóvenes abandonados, los sin techo, los discapacitados, los que se visten o piensan o son diferente, los que… estarán en peligro, porque estarán cada vez más solos y serán cada día más excluidos.

*Matías Valenzuela ss.cc. es religioso de los Sagrados Corazones y profesor de la Facultad de Teología de la Universidad Católica. 

6 comentarios:

  1. Gracias Matias!!! Buen resumen e interesante reflexión. Yo no estoy de a cuerdo con todo lo que dices y creo que falto entrar justamente en los argumentos a favor que mas arriba presentas. Gracias por ayudarnos a continuar esta reflexión y discusión!!

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  2. Es indiscutible que las mujeres deben ser tratadas como fines y no medios. Como sujetos de derechos autónomos. Mi único pero es que el no nacido también debe ser tratado como fin siempre y nunca como un medio y que el Estado debe velar por ello. No se trata en este caso de que el Estado tome partido, sino que garantice que la vida de ningún individuo va quedar sujeta al dedo en alto de alguien. En Chile estamos debatiendo en estos momentos 3 causales para permitir el aborto de manera excepcional (por la actual redacción del proyecto es discutible la excepcionalidad, pero avanza en esa línea). Y lo curioso es que los partidarios del aborto libre plantean todo el tiempo que este es un tema normativo y que no es necesario entrar a definir el estatuto del no nacido. Pero ocurre que este es un tema esencialmente moral y cultural. No es un tema neutro de simple elección (esa es la falacia del liberalismo que actúa como si no fuera una ideología) Porque aprobadas las causales se genera inmediatamente (por secretaria) un cambio en la valoración del no nacido y luego es más sencillo incorporar causales amplias o simplemente el aborto libre. Por eso me parece relevante que se aclare y responda cuál es el estatuto del que está por nacer. Es necesario insistir en eso.

    Comparto que la resolución de problemas sociales como el embarazo no deseado, la violacion y otras situaciones, no se puede resolver a través del aborto. Esa es una manera liberal individualista de resolver esa situación dramática. A la proclama "es mi cuerpo" yo pregunto ¿desde cuando?" A la proclama "es supererogatorio" yo pregunto "hasta cuando"? Y ante cada respuesta ¿y por qué? Ya que eso evidencia que no existe un fundamento racional para no darle el mismo estatus o jurídico al no nacido que al nacido. Se agrade la reflexión. Saludos

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  3. Planteo una duda:
    Pena significa sanción - Entiendo por lo tanto la despenalización de la mujer que aborta como la renuncia del estado a sancionar a la mujer, aunque el acto en sí sea reconocidamente penable. Como cristiano, lo veo como un acto de misericordia. Es por lo tanto una decisión en cuanto a cómo operar específicamente con la mujer.
    En el aborto hay otros que por un lado ayudan a llevarlo a cabo, como el personal médico, y otros que incluso usufructan financieramente, como las compañías de seguros médicos. ¿No debiera el estado sancionar la participación de estos últimos y de todo el que aliente al aborto?

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  4. Lo que no comparto de toda la discusión es que en ninguna postura se discute si la penalización es una manera efectiva de evitar el aborto. Personalmente creo que la amenaza de carcel no solo es injusta, sino además inefectiva. Dejar el aborto como un tema ilegal es simplemente esconderlo debajo de la alfombra. Despenalizarlo significa que deja de ser un tema penal y se convierte en un tema visible, que está ahí, y que hay que combatir de diversas maneras, porque su causa no es "la maldad de la mujer que debe ser castigada", sino un cúmulo de factores (desde la educación sexual en adelante) que debe ser atacado integralmente. Estoy a favor de la despenalización no porque esté a favor del aborto, sino porque estoy en contra de la carcel.

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  5. Partio bien y luego se fue desmoronando hasta llegar a los sofismas y tergiversaciones de siempre.

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  6. Me parece una opinión interesante y que logra poner en síntesis lo que se está jugando con la ley de despenalización del aborto. Estoy convencido que no es posible mirar esta situación sin ocuparse también de los derechos del no nacido.

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SS.CC. DEBATES. Gracias por compartir tus comentarios.